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lunes, 14 de noviembre de 2011

Comentario acerca de la falta de servicio de equipos móviles Blackberry


El primer aspecto que debe analizarse radica en precisar la naturaleza de la relación entre el proveedor del servicio y el cliente afectado que, ante la prestación irregular del mismo, procura una solución.
Tratándose de una relación de consumo, la normativa que regirá este vínculo se encuentra en la Ley de Defensa del Consumidor (Ley Nº 24.240), por lo que esta regulación constituye el prisma legal con el que habrá de enfocarse la problemática y proceder al análisis de los diversos aspectos en materia de obligaciones y responsabilidades derivadas del vínculo entre las partes involucradas.
Como primera alternativa para el usuario individual, acudir al Centro de Atención de Defensa del Consumidor aparece como un ámbito propicio para plantear inicialmente el problema y analizar una estrategia de reclamo.
Por otra parte, habrá que analizar las condiciones específicas en que se ha pactado el servicio, por lo que deviene indispensable que todo usuario que procure formular reclamo ante un irregular funcionamiento del equipo móvil cuente con la documentación suficiente que permita acreditar no sólo la titularidad del equipo, sino también las condiciones de contratación cuyo incumplimiento, por parte del proveedor, origina el correspondiente reclamo del cliente.
La Ley de Defensa del Consumidor habilita al usuario a promover acción judicial ante la afectación de sus intereses, por lo que deberá, en tal caso, ofrecer la prueba que estime pertinente en orden a acreditar el daño que invoca.
En cuanto al daño punitivo, existe la posibilidad de que, habiéndose acreditado el incumplimiento por parte del proveedor y en función de las circunstancias del caso y la gravedad del hecho, tal como lo prevé la normativa regulatoria de la relación de consumo,  el juez aplique multa en favor del consumidor, en forma independiente de otras indemnizaciones que correspondan.
Sin perjuicio de ello, insistimos en que el usuario que promueva reclamo deberá estar munido de la documentación que permita verificar su derecho a ser resarcido. En tal sentido, será fundamental acreditar la titularidad del equipo móvil cuyo servicio ha sido afectado, establecer la garantía con que ha sido pactada la prestación del servicio, y especificar las condiciones en las que el proveedor se ha comprometido a cumplir con dicha prestación, a efectos de precisar si ha habido incumplimiento y, consecuentemente, si el reclamo del usuario a tal respecto resulta procedente.

Dr. Gabriel Martinez Niell
Estudio Grispo & Asociados

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